SANTO DOMINGO, R.D. — La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió un nuevo Manual General de Procedimientos de Excepción, con el objetivo de orientar a las instituciones del Estado sobre el uso adecuado de estas modalidades de contratación, conforme a la Ley núm. 47-25 y su Reglamento de aplicación núm. 52-26.
El documento, de aplicación obligatoria, establece los criterios y requisitos que deben cumplir las entidades públicas al recurrir a procedimientos extraordinarios, promoviendo la transparencia, la eficiencia y la protección de los recursos del Estado.
La institución explicó que estos mecanismos deben utilizarse únicamente cuando existan causas justificadas previstas en el marco legal, y no como una alternativa discrecional a los procedimientos ordinarios de contratación.
¿En qué casos se pueden aplicar las excepciones?
El manual contempla situaciones como emergencias, seguridad nacional, urgencias debidamente justificadas, contratación de proveedores únicos, servicios exclusivos, arrendamiento de inmuebles para uso estatal y adquisición de bienes bajo condiciones excepcionalmente favorables, entre otras modalidades.
La DGCP precisó que recurrir a un procedimiento de excepción no elimina los controles legales ni las obligaciones de las instituciones contratantes. Asimismo, indicó que, salvo los procedimientos relacionados con la seguridad nacional, estos procesos deben publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).
En cuanto a las situaciones de urgencia, la entidad recordó que deben responder a circunstancias imprevisibles, inmediatas y debidamente justificadas. La falta de planificación o la negligencia administrativa no constituyen motivos válidos para recurrir a esta modalidad.
Con esta iniciativa, el órgano rector busca fortalecer la gestión de las compras públicas y contribuir a una administración más transparente y responsable de los fondos estatales.
